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El divorcio exprés. ¿Qué es y qué requisitos tiene?

El divorcio exprés. ¿Qué es y qué requisitos tiene?

El divorcio exprés. ¿Qué es y qué requisitos tiene?

Para explicar qué es el divorcio exprés, debemos exponer varios antecedentes.

El primero de ellos, en el año 1981, se aprobaba la Ley de Divorcio en España (Ley 30/1981, de 7 de julio) por la que se modificaba la regulación del matrimonio del Código Civil y en España se volvía a admitir poner fin a los matrimonios de manera legal siempre y cuando se cumplieran unos requisitos, que ahora consideraríamos arcaicos. Tenía que ser evidente que la reconciliación de los integrantes del matrimonio no fuera factible, demostrando que había transcurrido un dilatado periodo de separación o había habido una violación grave lo de los deberes conyugales. 

La Ley de Divorcio contemplaba los diferentes escenarios por lo que debía pasar un matrimonio para, finalmente, acceder al divorcio. El matrimonio debía de separarse judicialmente de manera previa a divorciarse, y para acceder a la separación judicial, debían de llevar como mínimo un año ininterrumpidamente sin tener convivencia marital. Una vez lograban solicitar la separación judicial, debían de estar como mínimo, de nuevo, un año en esta situación para poder acceder al divorcio.

La principal diferencia entre la separación judicial y el divorcio es que no se disuelve el vínculo matrimonial, y por lo tanto, mediante la figura de la reconciliación pueden volver a estar unidos en matrimonio, y en cambio, el divorcio sí que disuelve el vínculo matrimonial y produce sus efectos desde la firmeza de la sentencia judicial (o Escritura Pública de Divorcio) y su inscripción en el Registro Civil.

Ahora bien, en el año 2005, mediante la Ley 15/2005, de 8 de julio, conocida coloquialmente como la Ley del Divorcio Exprés, se plasmó de manera legal aquello que era evidente en la sociedad. La manera de concebir las relaciones de pareja había cambiado, y la sociedad se había dado cuenta que el arduo proceso por el que tenía que pasar un matrimonio para obtener el divorcio era demasiado largo y farragoso, y hacía que se perpetuara el conflicto entre los cónyuges, que ya habían decidido que no querían seguir compartiendo una vida juntos.

En este momento, se concibieron la separación y el divorcio como dos opciones a las que las partes podían acceder para resolver las vicisitudes de su vida común, reforzando el principio de libertad de los cónyuges. De manera que, desde ese momento, se podía acceder al divorcio sin necesidad de separación de hecho ni judicial previa, y sin necesidad de alegar causa alguna para divorciarse, simplemente su voluntad de separarse.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL DIVORCIO EXPRÉS

1. EL MUTUO ACUERDO POR PARTE DE LOS CÓNYUGES

El divorcio exprés es la manera más sencilla de poner fin al matrimonio, así como la más económica, ya que sólo es necesario un abogado y un procurador que defiendan los intereses y representen a ambas partes a la vez (o incluso solamente un abogado si se acude a la vía notarial), pero si que es necesario que exista acuerdo entre los cónyuges en disolver su vínculo matrimonial, así como en las medidas a adoptar mediante convenio regulador.

Si no existe tal acuerdo, se deberá acudir a la vía contenciosa para dirimir las discrepancias en la vía judicial.

2. QUE HAYAN TRANSCURRIDO TRES MESES DESDE LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

Como podemos ver, es un período de tiempo bastante inferior al contemplado en la antigua Ley de Divorcio de 1981, pero es un requisito indispensable, con la única excepción de que exista riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

3. EXISTENCIA DEL CONVENIO REGULADOR DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO Y PLAN DE PARENTABILIDAD

Junto con la demanda de divorcio o la Escritura Pública de divorcio se deberá acompañar el Convenio Regulador, documento que refleja todos los pactos que han alcanzado los cónyuges para regular la relación después del matrimonio, teniendo en cuenta el cuidado de los hijos o la patria potestad, el régimen de visitas, tanto con el cónyuge que no tenga la custodia, si no es compartida, como con otros familiares, la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, la pensión de alimentos o pensión compensatoria (si las hubiera), y la liquidación del régimen económico matrimonial, cuando procediera.

El convenio regulador, pese a lo que muchas personas puedan pensar, no es un simple documento que supone un trámite para conseguir el divorcio, sino que es un documento que será la piedra angular para la relación entre los progenitores y familiares y los hijos. Por ello, mientras más específico y detallado sea, y mejor redactado esté, sin que pueda haber vaguedades o pactos que den lugar a confusión, menos problemas legales dará en un futuro, y menos problemas familiares para los hijos, que al final son los que más sufren con este tipo de situaciones.

ÚLTIMA REFORMA LEGISLATIVA RELATIVA AL DIVORCIO EXPRÉS

Como hemos ido comentando a lo largo del artículo, a día de hoy existe la posibilidad de realizar un divorcio exprés por la vía notarial. Esto es así gracias a la Ley de Jurisdicción Voluntaria, Ley 15/2015, de 2 de julio, que introdujo la posibilidad de que los cónyuges comparecieran ante notario, representados por un abogado común, y otorgaran Escritura Pública de Divorcio.

Como requisitos extras a los ya contemplados para el divorcio exprés encontramos:

  1. El matrimonio no debe tener hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.
  2. En el caso de existir hijos mayores de edad y que les afecten las medidas a adoptar, deberán comparecer ante notario para firmar junto a sus padres la Escritura Pública de Divorcio.

Si se encuentra ante una situación de este tipo, pero tiene dudas sobre si cumplen todos los requisitos o simplemente quiere información para llevar a cabo un divorcio exprés, los abogados especialistas en Derecho de Familia de TROYA CUADROS ADVOCATS & ASSESSORS podemos ayudarle, ya que, en los momentos más difíciles para usted, estamos a su lado.

Como expertos abogados de familia en Terrassa somos conscientes de que una ruptura es un momento muy delicado para la familia y, por ello, realizamos todos los trámites de la manera más ágil posible, ofreciendo siempre todas las posibilidades existentes y la que mejor se adecua a su caso en concreto estando siempre disponibles como sus abogados de confianza de derecho de familia en Terrassa.